Existen dos tipos de incapacidad permanente que pueden afectar a quienes sufren un accidente o enfermedad:
– Incapacidad Permanente Absoluta
Es la invalidez que no permite realizar ningún trabajo. La persona queda totalmente incapacitada para cualquier tipo de actividad profesional.
– Incapacidad Permanente Total
Se trata de una incapacidad que impide realizar las tareas fundamentales de la profesión habitual, pero el trabajador podría dedicarse a otra distinta.
La mayoría de los seguros de vida cubren la incapacidad permanente absoluta. Sin embargo, en España, el 70% de las pensiones que se conceden son por incapacidad permanente total, por lo que en muchos casos no habría cobertura por invalidez en los seguros.
Por eso, es preferible asegurar siempre la incapacidad permanente total, para estar más protegido ante cualquier imprevisto.