Se declara la nulidad de un seguro de vida a 10 años, el banco impuso a un matrimonio que para conceder la hipoteca necesitaban la contratación de este seguro con pago adelantado, además contratado obligatoriamente por él. Esta cláusula de la hipoteca fue anulada a mitades de 2023 por abusiva así mismo se condena a CaixaBank a devolver el importe de 6.046€ más otros intereses legales cobrados y transferidos a la aseguradora que ascendieron a 3.800€.
Los clientes fueron obligados a elegir la opción sugerida por el banco poniéndolos así en el caso de “o lo coges o lo dejas”. José Luis Ortiz, especializado en derecho bancario, sanitario y negligencias médicas, destaca que esta sentencia podría ser el paso para abrir los ojos a miles de consumidores que también han sido engañados. También apunta que al contratar una hipoteca el único seguro exigible por el banco es el de incendios y todos los demás son opcionales, la clave de la nulidad está en la Circular 8/1990, de protección de la clientela y transparencia de las operaciones bancarias del Banco de España.
El juez señaló que se estableció la contratación de una prima única anticipada y se retiene del principal del préstamo el importe para su pago, “que nunca llega a estar a disposición de los prestatarios,
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