Desde el 2 de enero de este año, ha entrado en vigor una nueva reforma legal del código de circulación para los patinetes y otros Vehículos de Movilidad Personal (VMP). Esta normativa regula lo siguiente:
- Se puede circular por la ciudad siempre que sea por fuera de las aceras y zonas de peatones. Tampoco se puede circular por vías interurbanas, es decir, autovías o autopistas, ni por travesías o túneles urbanos.
- La velocidad máxima permitida tiene que oscilar entre los 6 y los 25 km/h.
- Son vehículos para una sola persona. Por tanto, la circulación de dos personas en un mismo patinete es sancionable con 100 euros de multa (artículo 9.1.5.E del RGC).
- No es necesaria la posesión de un seguro para poder circular. Un apunte respecto a este tema es que la capital catalana, por seguridad y por reducir la siniestralidad, quiere que el casco y el seguro sean obligatorios. En caso de sufrir un accidente y ocasionar daños materiales o personales a terceros, correrían de tu bolsillo. En cambio, si tienes una póliza, estarías cubierto.
- Es necesario un certificado de circulación que se podrá obtener en la administración designada por la Dirección Central de Tránsito. Este certificado, de momento, no es obligatorio, la DGT ha establecido una moratoria de dos años desde la entrada en vigor de la nueva normativa y desde su publicación en el BOE, para que sea necesaria la posesión del documento. Así mismo también será obligatoria, en un término de dos años, un manual de características del vehículo.
- La utilización del casco será necesaria en función de la Ordenanza Municipal en cada localidad, en la cual, se circule. Por tanto, vale la pena revisarlo porque según el municipio puede variar.
- El conductor de patinete tiene la obligación de cumplir las normas de tránsito como cualquier otro conductor, de manera que, pueden ser sometidos a la prueba de alcoholemia. Además, tampoco podrán utilizar auriculares ni teléfono móvil, mientras vayan a bordo del patinet.
- Se puede multar en caso de incumplimiento de la ley. El importe mínimo de la sanción es de 500 euros más la retirada del vehículo, pero cuanto más infracciones se cometan, más grande puede ser la multa y la sanción a pagar.
En definitiva, como conductores, sea del vehículo que sea, siempre tenemos que ser responsables y cumplir las normas, para garantizar la seguridad de todos. Por otro lado, aunque todavía no es obligatorio contar con un seguro por tu patinete, sí que es muy recomendable. Recuerda que en caso de dudas, puedes contactar con nosotros, tenemos los mejores seguros para los vehículos VMP.